Fiscal Facturación

VERI*FACTU se aplaza hasta octubre de 2028

Hacienda anuncia que alineará VERI*FACTU con la factura electrónica obligatoria. Le explicamos qué ha cambiado, qué sigue igual y qué le recomendamos hacer.

Cádiz, 7 de octubre de 2026
Nueva fecha prevista
Octubre 2028
Para sociedades, autónomos y profesionales.
Aún no es ley
Sin BOE
Es una nota de prensa del 5-10-2026. Hasta que se publique, siguen vigentes las fechas de 2027.
Por qué
≤ 8 M€
Coincidirá con la factura electrónica obligatoria para pymes y autónomos.
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Qué ha anunciado Hacienda

El Ministerio de Hacienda prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023). Quiere que VERI*FACTU y la factura electrónica entre empresas arranquen a la vez.

Un único calendario. VERI*FACTU se alinea con la factura electrónica para quienes facturan hasta 8 millones de euros al año.
Mismas garantías. Se mantienen la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
Más cambios en camino. Habrá un segundo ajuste técnico para adaptarse a las normas europeas (ViDA).
Importante: el aplazamiento todavía no se ha publicado en el BOE. Mientras no se apruebe, las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.
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El calendario, de un vistazo

6-10-2026
Arranca la cuenta atrás de la factura electrónica
Orden HAC/1028/2026
1-1-2027 · se prevé aplazar
VERI*FACTU sociedades (fecha legal hoy)
RDL 15/2025
1-7-2027 · se prevé aplazar
VERI*FACTU autónomos y resto (fecha legal hoy)
RDL 15/2025
Octubre 2027
Factura electrónica obligatoria · más de 8 M€
RD 238/2026
Octubre 2028 · previsto
VERI*FACTU para todos + factura electrónica resto de empresas
Pendiente de BOE
¿Quién? Fecha legal hoy Fecha prevista
Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) 1 de enero de 2027 Octubre de 2028
Autónomos y profesionales, no residentes con establecimiento y entidades en atribución de rentas 1 de julio de 2027 Octubre de 2028
Fabricantes de programas de facturación Desde el 29 de julio de 2025 Sin cambios

No están obligados quienes llevan sus libros de IVA a través del SII. Tampoco, a nuestro juicio, los particulares que alquilan inmuebles y declaran esas rentas como capital inmobiliario.

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Qué le recomendamos

01
No pare la adaptación
Si su programa ya está adaptado, siga usándolo. Puede enviar registros a Hacienda de forma voluntaria.
02
Piense en las dos obligaciones
Si cambia de programa, que cubra VERI*FACTU y la factura electrónica entre empresas.
03
Más de 8 M€: octubre de 2027
La factura electrónica ya tiene fecha y no depende de este anuncio.
04
Espere al BOE
No dé por definitiva la fecha de 2028. Le avisaremos en cuanto se publique.
¿Tiene dudas sobre su caso?
Su asesor en C+A le ayudará a elegir programa y a preparar el calendario de su empresa.
canadas.com

Circular informativa basada en la nota de prensa del Ministerio de Hacienda de 5 de octubre de 2026 y en la normativa publicada en el BOE a esta fecha (RD 1007/2023, RDL 15/2025, RD 238/2026 y Orden HAC/1028/2026). No constituye asesoramiento para casos concretos.

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Cañadas y Alonso de la Sierra, S.L.P. · NIF B11292273 · Avda. Cuatro de Diciembre de 1977, nº 10, 1º · 11006 Cádiz
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